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Indicadores de riesgo de la pluralidad de los medios

Concentración de audiencia de medios

RESULTADO: ALTO RIESGO

Este indicador verifica la concentración de audiencia y lectores en las diferentes plataformas de medios, basado en el porcentaje de audiencia. La metodología del MOM analiza, en este caso, la concentración de audiencia de los cuatro mayores propietarios de cada tipo de medios.

¿POR QUÉ?

La concentración de audiencia en Brasil es gravísima, sobre todo en el tipo de medios más consumidos en el país: la televisión. En ese caso, supera el 70% de la audiencia nacional concentrada en los 4 vehículos más grandes. Teniendo en cuenta la dimensión continental del territorio brasileño y su diversidad regional, ese dato es aún más significativo.

Esta concentración es elevadísima también en los mercados de impreso y en línea (superando el 50% en ambos casos), con un índice menos significativo sólo en el caso de las radios, donde la audiencia es más distribuida. Esto se explica sobre todo en función de la dinámica más local de las radios, que operan sobre todo como emisoras vinculadas a los lugares. Sin embargo, la concentración de las radios a partir de la organización de redes nacionales -con gran parte del contenido centralizado- y sus filiales es otro dato en crecimiento a ser observado. Entre las doce mayores redes de radio, están dos redes del Grupo Globo y tres del Grupo Bandeirantes.


Los datos sistemáticos de la audiencia para los cuatro primeros de cada tipo de medios de comunicación son: (1) TV: 71,10%; (2) Radio: 20,70%; (3) Medios impresa: 50,42% y (4) Online: 58,75% *. Con ello, un promedio simple de esos datos llega al 50,11%. Ponderando la media por el hábito de consumo de cada tipo de medios (según datos de la Encuesta Brasileña de Medios 2016), el resultado es similar: 52,3%.

Los datos de audiencia utilizados para los análisis de concentración fueron del Instituto Verificador de Comunicación - IVC (Medios impresa), Kantar Ibope (TV), Investigación Brasileña de Medios 2016, del Gobierno Federal / Ibope (Radio) y ComScore MediaMetrix 2016 (Internet) después de un amplio análisis de los datos de audiencia disponibles.

BAJOMEDIOALTO
Concentración de audiencia en la televisión (horizontal)
Fuente de datos: Kantar Ibope (2016), datos sólo para la televisión abierta
Grupo Globo: 36.9% (Rede Globo)
Grupo Silvio Santos: 14.9% (SBT)
Grupo Record: 14.7% (Record TV) / 0,5 (Record News)
Grupo Bandeirantes 4.1% (Band)
Resultado: 71,1%
Si dentro de un país los principales 4 propietarios (Top4) tienen una participación de audiencia inferior al 25%Si dentro de un país los principales 4 propietarios (Top4) tienen una participación de audiencia entre 25% y 49%.Si dentro de un país los 4 principales propietarios (Top4) tienen una participación de audiencia superior al 50%.
Concentración de audiencia en la radio (horizontal)
Datos de la encuesta brasileña de medios 2016:
Grupo Joven Pan: 5,50%
Grupo Globo: 5,30%
Grupo RBS: 5,00%
Grupo Bandeirantes: 4,90%
Resultado: 20,7%
Si dentro de un país los principales 4 propietarios (Top4) tienen una participación de audiencia inferior al 25%.Si dentro de un país los principales 4 propietarios (Top4) tienen una participación de audiencia entre 25% y 49%.Si dentro de un país los 4 principales propietarios (Top4) tienen una participación de audiencia superior al 50%.
Concentración de audiencia en periódicos (horizontal)
Fuente: Instituto Verificador de la Comunicación (IVC) 2016 - diarios
Grupo Globo: 15,96%
Grupo Folha: 12,49%
Grupo RBS: 11,15%
Grupo Sada: 10,82%
Resultado: 50,42%
Si dentro de un país los principales 4 propietarios (Top4) tienen una participación de audiencia inferior al 25%.Si dentro de un país los principales 4 propietarios (Top4) tienen una participación de audiencia entre 25% y 49%.Si dentro de un país los 4 principales propietarios (Top4) tienen una participación de audiencia superior al 50%.
Concentración de audiencia en Internet (horizontal)
Fuente: comScore mediaMetrix 2016 - share (% reach of the digital population). Multiplatform; Category: portal..
Glupo Globo: 73,0%
Grupo Folha (UOL): 65,0%
Grupo Record (R7): 63,0%
Grupo de Trabajo en curso (IG): 34,0%
Dado que estos datos se refieren a una audiencia que se superpone, utilizamos, en lugar de la suma de la concentración de audiencia, la media de los cuatro mayores, que llega al 58,75%.
Si dentro de un país los principales 4 propietarios (Top4) tienen una participación de audiencia inferior al 25%.Si dentro de un país los principales 4 propietarios (Top4) tienen una participación de audiencia entre 25% y 49%.Si dentro de un país los 4 principales propietarios (Top4) tienen una participación de audiencia superior al 50%.

Concentración de mercado

RESULTADO: SIN DATOS

Este indicador pretende evaluar la concentración de la propiedad horizontal en base a la participación en el mercado, que demuestra el poder económico de las empresas y grupos. La concentración se mide para cada sector de medios, añadiendo las cuotas de mercado de los principales propietarios del sector.

La concentración del mercado de medios basada en las cuotas de mercado no puede ser computada. Aunque algunos balances financieros se publican y algunas informaciones financieras están disponibles, los datos no están disponibles por empresa, cuota de mercado y por tipo de medios.

Garantías reglamentarias: concentración de la propiedad de medios

RESULTADO: ALTO RIESGO

Este indicador busca analizar la existencia de dispositivos en la legislación (tanto específica del área de comunicaciones como en general) que conlleven un alto nivel de concentración en los diferentes mercados del sistema de medios brasileños investigados por el MOM (TV, Radio, Impreso e Internet).

¿POR QUÉ?

Hay pocos mecanismos para limitar la llamada concentración horizontal (el control de diversos vehículos de un mismo tipo de medios). El Decreto-Ley nº 236/1967 determina el número máximo de otorgamientos para televisión - 10 en todo el territorio nacional, siendo como máximo 5 en el rango VHF y 2 por Estado. El Decreto-Ley 236/1967 establece que las empresas concesionarias o permisionarias de servicio de radiodifusión "no podrán estar subordinadas a otras entidades que se constituyan con la finalidad de establecer dirección o orientación única, a través de cadenas o asociaciones de cualquier especie" pero esta directriz no está regulada y es ampliamente irrespetuosa. El sistema de medios brasileño fue formado calcado en redes nacionales que garantiza el control en la práctica de las cabezas (Globo, Record, Bandeirantes, SBT etc.) incluso sin ser dueños o accionistas de las emisoras afiliadas.

El Decreto 52.795 / 1963, que reguló el Código Brasileño de Telecomunicaciones (CBT), fija como impedimento que un socio de una empresa controladora de servicios de radiodifusión (en cualquier modalidad) sea también integrante de cuadro societario de otro otorgamiento para prestar el mismo servicio en la localidad. En otras palabras, una misma persona o empresa no puede ser dueña de dos emisoras del mismo servicio en el espacio de actuación del vehículo (pudiendo ser municipio o región). Pero ese límite es burlado frecuentemente a través del uso de diferentes personas en los cuadros de accionistas de las emisoras. Un ejemplo es la presencia de emisoras Record y RecordNews, ambas pertenecientes al mismo grupo, en algunas ciudades.

En cuanto a fusiones, adquisiciones y cambios en el control accionario, el Ministerio de Comunicaciones y la Agencia Nacional de Telecomunicaciones son los órganos responsables de monitorear actos de control y concentración, pero sin poder de autorizar o vetar operaciones de este tipo más allá de las previsiones legales. El Decreto 9.138 / 2017, publicado por la gestión de Michel Temer, modificó el Decreto 52.795 / 1963 acabando con el dispositivo que condicionaba el permiso directo o indirecto de concesión o permiso a la anuencia previa del gobierno federal (Art. 90).

En el plano general, Brasil posee el Consejo Administrativo de Defensa Económica (Cade), responsable por analizar fusiones y adquisiciones e investigar prácticas anticompetitivas. Pero la actuación del Consejo es muy tímida en el mercado de medios. También no hay claridad en la legislación sobre la jerarquía de prerrogativas entre el Cade (en el ámbito general) y el MCTIC y Anatel (en el ámbito específico). El Cade tampoco utiliza ningún criterio basado en aspectos específicos del sector, como la preocupación por el pluralismo.

En los medios impresos y en Internet no hay ningún límite a la concentración horizontal específica, restando apenas las posibilidades de actuación del Cade. En cuanto al control, emisoras de radiodifusión y empresas periodísticas pueden tener agentes extranjeros en su cuadro accionario, pero sólo hasta el límite del 30%.

Puntuación de las salvaguardias regulatorias:
Aspectos analizados: 54, Salvaguardias: 5, Puntuación: 9,25%

Table summarizes TV/Radio/Online/Print - Max. score: 4 per sector.    DescriptionYesNoNAMD

Does the media legislation contain specific thresholds or limits, based on objective criteria (e.g. number of licenses, audience share, circulation, distribution of share capital or voting rights, turnover/revenue) to prevent a high level of horizontal concentration of ownership and/or control in this sector?    

This question aims to assess the existence of regulatory safeguards (sector-specific) against a high horizontal concentration of ownership and/or control in the TELEVISION/RADIO sector.    

 2 (TV, Radio)

  x (Internet, Print)

 

Is there an administrative authority or judicial body actively monitoring compliance with the thresholds in the print sector and/or hearing complaints? (e.g. media and/or competition authority)?    

This variable aims to assess if the law/regulation provides a due monitoring and sanctioning system for the regulation on audiovisual media concentration.    

 1 (TV)

  X

Does the law grant this body sanctioning/enforcement powers in order to impose proportionate remedies (behavioural and/or structural) in case of non-respect of the thresholds?    

The variable aims at assessing if the law is providing a due system of sanctions to sector-specific regulation, such as:

- Refusal of additional licences;

- Blocking of a merger or acquisition;

- Obligation to allocate windows for third party programming;

- Obligation to give up licences/activities in other media sectors;

- divestiture.    

 

  X

  

Are these sanctioning/enforcement powers effectively used?    

This indicator aims to assess the effective implementation of sector-specific remedies against a high horizontal concentration of ownership and/or control in the television media.    

High Risk (0)

Total 

 2 of 16

 

Media MergersDescriptionYesNoNAMD

Can a high level of horizontal concentration of ownership and/or control in the media sector be prevented via merger control/competition rules that take into account the specificities of the media sector?    

This question aims to access the existence of regulatory safeguards (sector specific and/or competition law) against a high horizontal concentration of ownership and/or control in the media sector through merging operations: 

- By containing media-specific provision that impose stricter thresholds than in other sectors;

- The mandatory intervention of a media authority in merger and acquisition cases (for instance, the obligation for the competition authority to ask the advice of the media authority);

- The possibility to overrule the approval of a concentration by the communication authority for reasons of media pluralism (or public interest in general), that - even tough they do not contain media-specific provisions - do not exclude the media sector from their scope of application. 

  X

Is there an administrative authority or judicial body actively monitoring compliance with rules on mergers and/or hearing complaints? (e.g. media and/or competition authority)?    

This variable aims to assess if the law/regulation provides a due monitoring and sanctioning system.    

    X

Does the law grant this body sanctioning/enforcement powers in order to impose proportionate remedies (behavioural and/or structural) in case of non-respect of the thresholds?    

The variable aims of assessing if the law is providing a due system of sanctions to sector-specific regulation, such as; 

- Blocking of a merger or acquisition; 

- obligation to allocate windows for third party programming;

- Obligation to give up licences/activities in other media sectors;

- divestiture

     X

Are these sanctioning/enforcement powers effectively used?    

This indicator aims to assess the effective implementation of sector-specific remedies against a high horizontal concentration of ownership and/or control in the television media.    

High Risk (0)

Total 

0 of 4

 

Concentración de la propiedad cruzada

RESULTADO: ALTO RIESGO

Este indicador pretende evaluar la concentración de propiedad cruzada en diferentes sectores de la industria mediática - TV, medios impresos, radio, internet u otro medio relevante. La propiedad cruzada es medida sumando la participación de cada una de las principales empresas o grupos de medios. En ese caso, como el dato de participación en el mercado (por facturación) no estaba disponible, se utilizó el dato de audiencia para medir la propiedad cruzada. Los resultados representan la posibilidad de influir en la audiencia y la opinión pública considerando todos los tipos de medios.

¿POR QUÉ?

La propiedad cruzada es una dimensión central de la concentración en los medios brasileños. El Grupo Globo, por ejemplo, tiene vehículos o redes centrales a los mercados de televisión abierta (Red Globo, líder de audiencia), TV cerrada (con los contenidos administrados por la subsidiaria Globosat, incluyendo el canal GloboNews y decenas de otros), Internet (con , el mayor portal de noticias brasileño, Globo.com), Radio (teniendo dos de sus redes, Globo AM / FM y CBN, figurando entre las diez principales). El Grupo Globo actúa, además, en mercados como el fonográfico y el editorial. El mismo ocurre con otros grupos como Record (RecordTV y RecordNews, en la TV abierta, el impreso Correio do Povo y el portal R7 entre los principales del país) y RBS (que cuenta con afiliada de la Globo en la televisión abierta, dos diarios entre los de mayor circulación - Zero Hora y Diário Gaúcho - además de otros títulos impresos, dos redes de radio, la nacional Gaúcha Sat y la regional Atlántida, el portal ClicRBS, entre varias otras inversiones en medios digitales).

Al no haber datos de participación relativa de mercado, la metodología del MOM propone el uso del dato de audiencia para medir el nivel de concentración de propiedad cruzada, considerando los cuatro mayores grupos en audiencia sumada. En ese sentido, organizamos los datos, desconsiderando las audiencias de internet (para los cuales tenemos el porcentaje de la población digital alcanzada por los portales, y varios de los grupos poseen portales de gran acceso) y televisión paga. Los datos fueron balanceados de acuerdo con la participación de cada tipo de medios en los hábitos de consumo de los brasileños, dimensionados por la Encuesta Brasileña de Medios 2016. La suma ponderada de las audiencias de radio, TV abierta e impresa de los vehículos de los grupos alcanzó el 74,7% .

El Grupo Globo llega al 43,86% de audiencia, desconsiderando su participación en internet, con el portal de noticias más accesado de Brasil. En esa dirección, el Grupo Globo lanzó una campaña en octubre de 2017 diciendo que alcanza, diariamente, 100 millones de brasileños, cerca de la mitad de la población brasileña, a partir de la propiedad cruzada de diferentes vehículos.

BAJOMEDIOALTO

Porcentaje (excluyendo Internet): 74,7%

Si en un país los 4 principales propietarios (Top 4) tienen una participación de mercado inferior al 50% en los diferentes sectores de medios.Si en un país los 4 principales propietarios (Top4) tienen una participación de audiencia entre el 50% y el 69% en los diferentes sectores de medios.Si en un país los principales 4 propietarios (Top4) tienen una participación de mercado superior al 70% en los diferentes sectores de medios.

Fuentes: Kantar Ibope 2016, IVC 2016, Investigación Brasileña de Medios 2016.

Garantías reglamentarias: propiedad cruzada

RESULTADO: RIESGO MEDIO

Este indicador busca analizar la existencia y la implantación de dispositivos en la legislación (tanto específica del área de comunicaciones como en general) que conlleven un alto nivel de concentración por el control de medios en diferentes mercados buscados por el MOM (TV, Radio, Impreso e Internet).

¿POR QUÉ?

En el caso de la concentración vertical (cuando un ente o grupo controla varias etapas de la cadena productiva, como producción, programación y distribución) y de la propiedad cruzada (cuando un grupo controla medios en diferentes mercados), sólo la Ley nº 12.485 / 2011, que regula la TV paga bajo la denominación de Servicio de Acceso condicionado, trata del tema. Que impide la relación de control y propiedad entre los sectores de radiodifusión y producción / programación audiovisual y de telecomunicaciones de interés colectivo, a ejemplo de los servicios de telefonía, Internet y TV por suscripción.

Así, estos dos tipos de agentes del sector audiovisual y las entidades concesionarias y permisionarias de radiodifusión no pueden controlar más del 50% del capital social de participación de operadores de telecomunicación de interés colectivo. De modo inverso, estas operadoras de telecomunicación no pueden tener una participación superior al 30% del capital total y votante de empresas radiodifusoras. En este ejemplo, la concentración es definida por la participación accionaria solamente, y no por el número de licencias.

La Agencia Nacional de Telecomunicaciones puede bloquear una fusión o adquisición o impedir el otorgamiento de nuevas licencias si los entes involucrados incumplen los límites establecidos por la Ley 12.485 / 2011. La Ley prevé también la obligatoriedad de dedicar espacios en la programación a contenidos audiovisuales, pero solamente en determinados canales que ofrezcan comunicación audiovisual de acceso condicionado (SeAC). La misma ley prevé la aplicación de sanciones por las autoridades reguladoras para los programadores que no cumplen esas cuotas. Además de Anatel, el Consejo Administrativo de Defensa Económica (Cade) puede actuar evaluando casos de fusiones y adquisiciones o investigando prácticas anticompetitivas.

Sin embargo, vale mencionar que no hay ningún mecanismo que cohibe el control de emisoras de radiodifusión (TV y radio) y medios impresos. En base a esta falta de previsión legal, el sistema brasileño de medios se organizó sobre la propiedad cruzada de vehículos, reforzando la concentración en pocos grupos tanto a nivel nacional como regional.

En el caso de las actividades periodísticas con distribución on line, no hay previsión legal o normativa de límites a la concentración o de la necesidad de autorización previa de cualquier autoridad competente para adquisición, fusión u otros actos similares. Esta norma es válida sólo para la relación de control y propiedad entre los sectores de radiodifusión y producción / programación audiovisual y de telecomunicaciones de interés colectivo, de acuerdo con la Ley nº 12.485 / 2011.

Puntuación de las salvaguardias regulatorias:

Aspectos analizados: 13, Salvaguardias: 8 - Porcentaje: 61%

Transparencia de la propiedad

RESULTADO: RIESGO MEDIO PARA ALTO

Este indicador evalúa la transparencia de los datos sobre las afiliaciones políticas de los propietarios de los medios, considerando que la transparencia de la propiedad es un requisito esencial para reforzar el pluralismo de los medios de comunicación.

¿POR QUÉ?

La transparencia se evalúa, en la metodología del MOM, considerando escenarios de "transparencia activa" (donde los datos estarían disponibles por los medios de comunicación y empresas, de manera precisa y transparente); y "pasiva" (cuando las empresas no divulgan la información, pero responden a las solicitudes de información); un escenario intermedio, donde, a pesar de que no hay iniciativas de transparencia por parte de las empresas, hay datos públicos disponibles; y escenarios donde los datos no están disponibles o hay un intento explícito de ocultar la propiedad de los medios.

Así, la metodología del MOM prevé, entre otros caminos para la obtención y chequeo de los datos de propiedad, un procedimiento de consulta a las informaciones facilitadas por las empresas y solicitudes de información a las empresas, con tiempo de respuesta definido y una segunda solicitud en caso de no hay respuesta. El equipo de MOM Brasil cumplió todo este procedimiento para los propietarios de los 50 vehículos analizados, pero no obtuvo ninguna respuesta positiva. Detallamos esta situación en la discusión sobre desafíos de la transparencia. Entre las pocas respuestas recibidas, una decía: "por motivos estratégicos, las informaciones solicitadas no son públicas.

Los recorridos posibles para obtener estos datos son tortuosos, limitados y poco transparentes. Como señala en el indicador D7 ("Regulatory Safeguards: Ownership Transparency"), no hay previsión de un dispositivo legal o constitucional específico que determine la obligatoriedad de dar publicidad a la información sobre las empresas prestadoras de los servicios públicos otorgados, en cuya categoría encaja la radiodifusión (radio y TV). Aunque las empresas deben legalmente actualizar en las Juntas Comerciales y oficinas la composición accionaria, no hay políticas de transparencia y de acceso a la información eficientes para el seguimiento de esas informaciones. Además, como las Juntas tienen carácter local o regional (estatal), las posibilidades de acceso a esas informaciones oscilan de acuerdo con el municipio o Estado en cuestión - en muchos de ellos, cada consulta se cobra una cantidad cercana a 60 dólares.

Los sistemas de información existentes con datos sobre propiedad de las concesiones de radio y TV no garantizan la actualización de los datos ni la posibilidad de llegar efectivamente a los propietarios individuales. Como las empresas, en general, no tienen iniciativas de transparencia, las barreras incluyen la existencia de múltiples personas jurídicas vinculadas a esas empresas.

Por último, a pesar de que, en gran parte de los casos, los investigadores del MOM llegaron a los datos de propiedad, por caminos complejos e indirectos que bastante dificultados al público en general, la ausencia de respuestas a las solicitudes de información y las dificultades con los sistemas de información indican un riesgo de medio a alto en la transparencia de la propiedad, según las definiciones de la metodología que aparecen a continuación.

Garantías reglamentarias: transparencia de la propiedad

RESULTADO: ALTO RIESGO

Este indicador busca analizar la existencia y la implantación de dispositivos en la legislación (tanto específica del área de comunicaciones como en general) que obliguen prácticas de transparencia y la disponibilidad de informaciones en cuanto a la propiedad y el control de los medios.

¿POR QUÉ?
En Brasil, el ordenamiento normativo de la administración pública no prevé un dispositivo legal o constitucional específico que determine, de forma general, la obligatoriedad de dar publicidad a las informaciones-a ejemplo de cuadro societario, composición accionaria y cuadro directivo- sobre las empresas prestadoras de los servicios públicos otorgados, en cuya categoría se encaja la radiodifusión de sonidos e imágenes.

En el caso específico de la radiodifusión, las empresas deben informar al Ministerio de Ciencia, Tecnología, Innovaciones y Comunicaciones (MCTIC) las modificaciones accionarias, fusiones y adquisiciones. Sin embargo, no existe una obligación de divulgación. Los cambios de control que involucran capital extranjero tienen un tratamiento específico en la legislación. La información transferida por los operadores está disponible en bancos de datos de la Agencia Nacional de Telecomunicaciones denominados "sistemas interactivos". Entre ellos están el Sistema de Seguimiento de Control Accionario (Siacco), que trae la composición accionaria de las emisoras, y el Sistema de Información de los Servicios de Comunicación de Masas (Siscom), que ofrece información sobre los prestadores de cada servicio de radiodifusión permitiendo consultas por modalidad de servicio o por localidad (estado o ciudad).

La Ley nº 10.610 / 2002 determina que, hasta el último día de cada año, las empresas deben comunicar, a los órganos de registro comercial (juntas) o de registro civil de personas jurídicas (oficinas) la composición accionaria. Sin embargo, ni las juntas comerciales, ni las oficinas civiles tienen políticas de transparencia y de acceso a la información que sean eficientes para que sirvan de instrumento de control público. Además, como tienen carácter local o regional (estatal), las posibilidades de acceso a esas informaciones oscilan de acuerdo con el municipio y el Estado en que están.

Puntuación de las salvaguardias regulatorias:
Aspectos analizados - 6; Salvaguarda: 1; Porcentaje: 16,6%

IndicatorDescriptionYesNoMDNA

Does national (media, company, tax...) law contain transparency and disclosure provisions obliging media companies to publish their ownership structures on their website or in records/documents that are accessible to the public?

The aim of the question is to check regulatory safeguard for transparency towards the citizens, the users and the public in general. 

 X   

Does national (media, company, tax...) law contain transparency and disclosure provisions obliging media companies to report (changes in) ownership structures to public authorities (such as the media authority)?

The aim of the question is to check regulatory safeguard for accountability and transparency towards public authorities.

 X   

Is there an obligation by national law to disclose relevant information after every change in ownership structure?

This question aims at assessing if the law provides rules on the public availability of accurate and up-to-date data on media ownership. This is a condition for an effective transparency.

 X   

Are there any sanctions in case of non-respect of disclosure obligations?

This question aims at assessing if the law on media ownership transparency can be enforced through the application of sanctions.       

 X    

Do the obligations ensure that the public knows which legal or natural person effectively owns or controls the media company?

This question aim at assessing the effectiveness of the laws that deal with media ownership transparency and if they succeed in disclosing the real owners of the media outlets.    

Risk    

Control político de los medios de comunicación y de las redes de distribución

RESULTADO: RIESGO MEDIO PARA ALTO

Este indicador evalúa el riesgo de afiliaciones políticas y control sobre redes de medios y distribución. También evalúa el nivel de discriminación por redes de distribución de medios afiliadas políticamente. Las acciones discriminatorias pueden incluir, por ejemplo, precios desfavorables y poniendo barreras a los medios para acceder a los canales de distribución. Las afiliaciones políticas se consideran cuando los medios o la empresa pertenece a un partido, un grupo partidista, un líder de partido o una persona claramente partidista.

¿POR QUÉ?

Como es posible conferir en el texto sobre las relaciones entre políticos y medios en Brasil, las relaciones de afiliación política están presentes de diversas formas, no siempre de la manera más directa en la propiedad formal de los grandes grupos. Pocos de los grandes grupos de medios nacionales tienen entre sus propietarios actuales un ocupante de cargo público - caso de la Familia Medioli, con Vittorio Medioli. Otras familias, como Cámara, Faria y Mezquita, son familias que ya tuvieron políticos elegidos a cargos importantes en el país. La familia Macedo, que controla la Record y la Iglesia Universal, también tiene un partido político importante bajo su control: el Partido Republicano Brasileño (PRB).

Además, hay un número considerable de políticos propietarios o con participación en medios de comunicación. A nivel federal, 32 diputados federales y 8 senadores de la actual legislatura son socios directos de emisoras. El fenómeno de las redes afiliadas es central para estas asociaciones políticas. Las grandes redes ejercen su poder en los lugares a partir de relaciones de afiliación, donde emisoras locales transmiten la inmensa mayoría de su programación oriunda de las "cabezas de red" y también alimentan las redes nacionales con informaciones locales. En la mayoría de los casos, estas filiales son propiedad de grupos locales y regionales dirigidos por políticos o familias con tradición política y en general tienen propiedad de más de un vehículo. Este fenómeno de control político de la propiedad de los medios pasó a ser llamado, en la academia y en el debate público, de "coronelismo electrónico". Varios ejemplos de estos casos están presentes en nuestro texto sobre las afiliaciones políticas.

Este fenómeno también es muy presente en los medios más locales. Hay investigaciones que, al analizar 2.205 radios comunitarias, identificaron vínculo político en la mitad de ellas (1.106).

Además, considerando los vehículos y redes comandados por la Empresa Brasil de Comunicación, también es posible afirmar que hay afiliación política relevante. La diferencia es que no se trata de un control por medio de propiedad, sino por medio del apareamiento de medios públicos a través de la indicación política de los dirigentes de la empresa.

En este escenario, aunque no es posible afirmar la propiedad directa de políticos en muchos casos, se entiende que existe un riesgo medio, apuntando hacia alto, de control político de los vehículos y redes de distribución.

BAJOMEDIOALTO
¿Cuál es la parte de TV / radio / medios en línea / impresa de propiedad de entidades políticamente afiliadas?
Medios con participación de audiencia <30% son de propiedad o control de un partido político específico, de un político o agrupamiento político, o por un propietario con afiliación política específica.Medios con participación de audiencia <50%> 30% son de propiedad o control de un partido político específico, de un político o agrupamiento político, o por un propietario con afiliación política específica.Medios con participación de audiencia> 50% son de propiedad o control de un partido político específico, de un político o agrupamiento político, o por un propietario con afiliación política específica.
¿Cómo evaluaría la conducta de las principales redes de distribución para medios impresos?
Las principales redes de distribución no están afiliadas políticamente o no toman medidas discriminatorias.Al menos una de las principales redes de distribución es afiliada políticamente o toma acciones discriminatorias ocasionales.Todas las principales redes de distribución están políticamente afiliadas y tienen un historial de repetidas acciones discriminatorias
¿Cómo evaluaría la conducta de las principales redes de distribución para radio?
Las principales redes de distribución no están afiliadas políticamente o no toman medidas discriminatorias.Al menos una de las principales redes de distribución es afiliada políticamente o toma acciones discriminatorias ocasionales.Todas las principales redes de distribución están políticamente afiliadas y tienen un historial de repetidas acciones discriminatorias
¿Cómo evaluaría la conducta de las principales redes de distribución para televisión?
Las principales redes de distribución no están afiliadas políticamente o no toman medidas discriminatorias.Al menos una de las principales redes de distribución es afiliada políticamente o toma acciones discriminatorias ocasionales.Todas las principales redes de distribución están políticamente afiliadas y tienen un historial de repetidas acciones discriminatorias

Control político del financiamiento de medios

RESULTADO: ALTO RIESGO

Este indicador verifica la influencia política en la discriminación de la distribución de la publicidad estatal o de otras fuentes de financiamiento estatal de los medios. Esta discriminación puede ser reflejada en "favoritismos" para ciertas afiliaciones políticas o intereses empresariales afines o por la penalización de los medios críticos al gobierno. La publicidad estatal se entiende como toda publicidad pagada por gobiernos y otras instituciones y empresas controladas por el Estado.

¿POR QUÉ?

La ausencia de un marco legal que regula el uso de fondos de publicidad estatal en los medios, aliada a los usos selectivos de esa cantidad para comprar apoyo editorial a las acciones del gobierno, demuestran que hay un alto riesgo de control político y de silenciamiento de las críticas por medio asignación de estos fondos.

La Instrucción Normativa de la Secretaría de Comunicación de la Casa Civil de la Presidencia de la República 7, de 19 de diciembre de 2014, establece las directrices para la planificación de las acciones de medios (Art. 7): "I - utilizar criterios técnicos en la selección de medios y / vehículos de comunicación y difusión; II - desconcentrar la inversión por medios y vehículos; III - valorar la programación de medios y medios de comunicación y de divulgación regionalizados".

La IN define como criterios técnicos (Art. 8): "I - utilizar investigaciones y datos técnicos de mercado para identificar y seleccionar la programación más adecuada, conforme a las características de cada acción publicitaria. II - inversiones destinadas a cada vehículo deben considerar las respectivas audiencias, basadas, siempre que sea posible, en datos técnicos de mercado, investigaciones y / o estudios de medios; III - orientarse por una programación exhaustiva cuando existan otros vehículos con una situación regular en el Midiacad.

Sin embargo, el cruce de los datos de audiencia y de asignación de publicidad revela amplias contradicciones con los pretendidos criterios "técnicos". Un muestreo de nuestro universo de vehículos fue analizado en relación a las discriminaciones de dinero publicitario, con base en datos solicitados por la Ley de Acceso a la Información y organizados por periodistas del sitio Poder360. Los datos revelan significativas distorsiones en 2016: como ilustración, la revista Veja (Grupo Abril) recibió proporcionalmente un 50% más de dinero publicitario que la proporción de su audiencia; el diario O Globo (Grupo Globo), un 66% más; y la revista Época (Grupo Globo) 83% por encima de la audiencia proporcional. La red de TV Band (Grupo Bandeirantes) recibió fondos publicitarios que representan un 95% más que la proporción de su audiencia. En la misma dirección, un levantamiento del Blog O cafezinho reveló un aumento del destino de fondos para vehículos que apoyaron el impeachment de Rousseff y la gestión Temer: el diario Folha de S. Paulo tuvo un aumento del 121%, el diario estatal de São Paulo, de 229%, la Revista Época, del 252%, la Revista Veja, del 489%, la TV Record, del 510% y la Revista Istoé, del 1384%. En 2017, sólo una campaña, la de aprobación de la reforma de la previsión, consumió del gobierno R $ 100 millones, el 55% del total previsto para campañas publicitarias en el año, 180 millones de reales.

También en las escalas estadual y municipal, hay denuncias sobre otras formas de financiamiento estatal arbitrario, como la firma de revistas sin licitación para la distribución en escuelas.

BAJOMEDIOALTO
¿La publicidad / financiación estatal se distribuye a los medios en proporción al compartimiento de audiencia?
La publicidad estatal se distribuye a los medios de comunicación relativamente proporcionalmente a las partes del público de los medios.Publicidad estatal distribuida desproporcionadamente (en términos de participación de audiencia) para los medios.La publicidad estatal se distribuye exclusivamente a pocos medios de comunicación, no cubriendo todos los principales medios de comunicación del país.
¿Cómo evaluaría las reglas de distribución de la publicidad estatal?
La publicidad estatal se distribuye a los medios de comunicación sobre la base de normas transparentes.La publicidad estatal se distribuye a los medios de comunicación sobre la base de un conjunto de reglas, pero no está claro si son transparentes.No hay reglas relativas a la distribución de la publicidad estatal a los medios de comunicación.
¿Cuál es la participación de la publicidad estatal como parte del mercado general de publicidad en TV / Radio / Impresión / publicidad en línea?
La participación de la publicidad estatal es <5% del mercado global.La participación de la publicidad estatal es del 5% al ​​10% del mercado global.La participación de la publicidad estatal es> el 10% del mercado global.

Garantías reglamentarias: Neutralidad de la red

RESULTADO: RIESGO MEDIO

Este indicador trata de capturar el paisaje de la regulación de la neutralidad de red, así como los mecanismos reguladores específicos que cubren la neutralidad de red en el país.

¿POR QUÉ?

Al considerar que hay mecanismos legales de protección de la neutralidad de red, la situación en Brasil es positiva. Hay una legislación específica que regla la neutralidad de red – la Ley 12.965, de abril de 2014, llamada Marco Civil de Internet. En el Marco Civil de Internet, la neutralidad de red se define como un principio de uso de la Internet en Brasil. La ley define que el responsable de la transmisión, conmutación o ruteo debe considerar de forma isonómica todo el paquete de datos, sin distinción por contenido, origen y destino, servicio, terminal o aplicación. Esta es una definición clara de que la neutralidad de red se debe preservar por los operadores de telecomunicaciones. Al mismo tiempo, es el precepto legal que garante la efectividad de la aplicación de ese principio en Brasil.

La regulación de esa ley, en que se detallan algunos aspectos de la Neutralidad de Red, se estableció en mayo de 2016, a partir del Decreto n 8771/2016, del Poder Ejecutivo. Él trajo, entre otros, el detalle de las hipótesis admitidas de discriminación de paquetes de datos de Internet y degradación de tráfico. El Decreto determina que la discriminación o degradación de tráfico son acciones excepcionales, una vez que solo pueden derivarse de requisitos técnicos indispensables al proveimiento adecuado de servicios y aplicaciones o la priorización de servicios de emergencia. También hay la previsión que los requisitos técnicos indispensables al proveimiento adecuado de servicios y aplicaciones deben observarse por los responsables de las actividades de transmisión, conmutación o ruteo, en el ámbito de su respectiva red, a fin de mantener su estabilidad, seguridad, integridad y funcionalidad. Finalmente, está definido que los requisitos técnicos indispensables son aquellos derivados de cuestiones de seguridad de red, como el envío de mensajes en masa (control de spam) y de situaciones excepcionales de congestionamiento de red, tales como rutas alternativas en caso de interrupción de la ruta principal y en situaciones de emergencia.

Desde el punto de vista de la aplicación de esos principios y la fiscalización en la práctica, hay un conjunto de instituciones responsables de diferentes aspectos. La Agencia Nacional de Telecomunicaciones (Anatel) es responsable de fiscalizar y apurar las infracciones relacionadas a requisitos técnicos bajo las directrices del Comité Gestor de Internet (CGI.br). Eso significa, por ejemplo, seguir los principios de Gobernanza y Uso de Internet en Brasil del CGI.br. La apuración de infracciones de orden económica está bajo la responsabilidad del Sistema Brasileño de Defensa de la Competencia.

El Marco Civil de Internet define también que el responsable de la transmisión, conmutación o ruteo debe abstenerse de causar daño a los usuarios, así como definido en el Código Civil de Brasil. Hay también sanciones aplicadas por Anatel, como advertencias, multas, suspensión temporaria o caducidad. En el Decreto que regula el Marco Civil de Internet, se prevé la creación de un sistema de fiscalización y transparencia de la garantía o violación de la neutralidad de red. Cada parte en ese sistema, después de fiscalizar y apurar las infracciones, aplicaría a los infractores las sanciones adecuadas.

Sin embargo, se nota que la implementación de esa fiscalización y la efectividad de la neutralidad de red es débil – no atiende ninguna de las cuestiones presentadas en los indicadores de implementación, excepto por la cuestión de la previsión de instituciones responsables. Hay la práctica recurrente de zero rating y priorización, no hay histórico de sanciones aplicadas por las recurrentes violaciones a la neutralidad de red y el usuario hoy no tiene herramientas que garantan la transparencia de la gestión de red. Eso dificulta, por ejemplo, la identificación de cuando hay el bloqueo o la degradación del tráfico. Todo eso define un escenario de riesgo mediano, casi alto.

Existencia de salvaguardias legales: 5/5 (100,0%)

Implementación efectiva de los salvaguardias: 1/6 (16,6%)

Total: 54,5% (RIESGO MEDIO)

Neutralidad de la red 

Descripción

No

NA

MD

¿La ley nacional aborda la neutralidad de la red directa o indirectamente?

Esta pregunta busca determinar si la neutralidad de la red está regulada por alguna ley nacional. También pretende reflejar cualquier acuerdo entre países, como es el caso de la UE y aquellos países que conforman parte del Consejo de Europa. . 

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¿La legislación nacional contiene normas que prohíben el bloqueo de sitios web o contenidos en línea?

Esta pregunta determina el grado en que las normas de neutralidad de la red de un país prohíben el bloqueo, uno de los componentes clave de un marco sólido de neutralidad de la red. 

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¿Contiene la ley nacional normas que prohíben la degradación dirigida de servicios o contenidos en línea (throttling)?

Esta pregunta determina el grado en que las normas de neutralidad de la red de un país prohíben la degradación dirigida, uno de los componentes clave de un marco sólido de neutralidad de la red.

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¿La legislación nacional contiene normas que prohíben tarifa cero y / o la discriminación positiva pagada, conocida también como la priorización pagada (paid prioritization), de servicios o contenidos en línea? 

Esta pregunta determina el grado en que las normas de neutralidad de la red de un país prohíben el uso de tarifa cero (práctica de la cual la priorización pagada es una modalidad común), uno de los componentes clave de un marco sólido de neutralidad de la red.

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Cuando la neutralidad de la red está protegida por la ley ¿el marco legal reconoce alguna excepción a la misma, por ejemplo, para medidas razonables de gestión de tráfico y administración de la red? 

Esta pregunta establece cuándo se ponen límites razonables (no discriminatorios) a las protecciones de neutralidad de la red, en contraste con otros límites que podrían socavar su efectividad.

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Habiendo normas que prohíben o limitan la tarifa cero, ¿existen, no obstante, prácticas de discriminación positiva o priorización pagada?

Esta pregunta tiene como objetivo descifrar hasta qué punto la priorización pagada se da en la práctica, aún cuando está prohibida por la ley. Varios países con fuertes protecciones formales a la neutralidad de la red experimentan este fenómeno. Este indicador puede revelar hasta qué punto hay una diferencia entre lo que dice la ley y lo que sucede en la práctica. 

 

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¿Existen otras formas de tarifa cero a pesar de dichas limitaciones?

Ver anterior. 

 

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¿Existen prácticas de bloqueo y/o degradación dirigida de sitios web o contenidos en línea, a pesar de normas que prohíben tales prácticas?

Esta pregunta busca determinar cómo el marco legal vigente para proteger la neutralidad de la red opera en la práctica respecto al bloqueo y la degradación dirigida. 

 

 

 

X

¿Existen entes regulatorios o de otra índole encargados de monitorear y hacer cumplir las protecciones de neutralidad de la red?

Esta pregunta busca identificar si hay autoridades a cargo de hacer cumplir las protecciones a la neutralidad de la red. 

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En dado caso de que existan protecciones a la neutralidad de la red, ¿se han impuesto sanciones por violaciones a éstas?

Esta pregunta pretende ilustrar hasta qué punto las violaciones a las normas de neutralidad de la red son tomadas en serio como cuestión de estado de derecho y voluntad política. 

 

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¿Los mecanismos legales establecidos para identificar y responder a las violaciones de neutralidad de la red se consideran efectivos?

Esta pregunta demuestra hasta qué punto las normas de neutralidad de la red en efecto alcanzan sus objetivos. 

 

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